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Planes parciales
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¿Qué es un Plan Parcial?

Un plan parcial es “el instrumento mediante el cual se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento territorial, para áreas determinadas del suelo urbano y para las áreas incluidas en el suelo de expansión urbana.” (Decreto 1077 de 2015).

¿Qué áreas pueden o deben ser desarrolladas mediante
planes parciales?

  • Predios localizados en suelo de expansión.
  • Predios dentro del perímetro urbano que tengan como exigencia el desarrollo de Plan Parcial.
  • Predios localizados en suelo urbano con tratamiento urbanístico de desarrollo con áreas iguales o superiores a 4Ha.
  • Predios localizados en las zonas objeto de recuperaciones morfológicas y ambientales.
  • Zonas sujetas a tratamiento de mejoramiento integral, si la Secretaria de Planeación así lo determina.
  • Áreas que deben estar desarrolladas mediante Macroproyectos urbanos.
  • (Artículos 261 y 228A del Decreto Compilatorio 192 de 2014 – POT Vigente, y Decreto 1077 de 2015)

¿Qué determina el plan parcial?

“Mediante el plan parcial se establece el aprovechamiento de los espacios privados, con la asignación de sus usos específicos, intensidades de uso y edificabilidad, así como las obligaciones de cesión y construcción y dotación de equipamientos, espacios y servicios públicos, que permitirán la ejecución asociada de los proyectos específicos de urbanización y construcción de los terrenos incluidos en su ámbito de planificación.” (Decreto 1077 de 2015).

¿Qué áreas pueden o deben ser desarrolladas mediante
planes parciales?

Los proyectos de planes parciales serán elaborados por las autoridades municipales o distritales de planeación, por las comunidades o por 1m; particulares interesados, de acuerdo con los parámetros que al respecto determine el plan de ordenamiento territorial o el Macroproyecto de Interés Social Nacional cuando este último así lo prevea. (Artículo 29. Procedimiento para planes parciales, Ley 2079 de 2021).

¿Qué información hay disponible de los planes parciales en Palmira?

El mapa se encuentran identificados los planes parciales del Municipio, clasificados según su estado de la siguiente manera:

Adoptado (naranja):

se refiere a planes parciales que cuentan con un decreto adoptado y vigente.

Pierde la calidad de suelo de expansión (rosado):

suelos de expansión que no iniciaron el proceso de formulación del plan parcial requerido para su desarrollo dentro de los plazos establecidos por el POT.

Vencido (azul)

se refiere a planes parciales cuya vigencia se encuentra vencida, por lo que se debe tramitar un nuevo plan parcial que permita su desarrollo.

Documentos de interés

El cuadro resumen incluye todos los planes parciales en el Municipio de Palmira junto con los datos básicos incluyendo: nombre, estado, fecha de radicación/adopción, decreto de adopción, vigencia, año de vencimiento y área bruta.

Nombre Proyecto Tipo Estado del proyecto Radicado o decreto Vigencia Vencimiento Área bruta (ha) Descargar
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¿Cómo se formula un Plan Parcial?

1.Etapa de solicitud

Solicitud de determinantes
para la formulación de Plan Parcial.

15 días hábiles

Solicitud de concepto a entidades municipales y prestadoras de servicios.

5 días hábiles

Respuesta de las entidades

15 días hábiles

Expedición de determinantes

15 días hábiles

Determinantes ambientales

15 días hábiles

2. Etapa de formulación

Formulación y radicación del proyecto de plan parcial por parte de los interesados.

Paralelamente

Revisión del proyecto Plan Parcial presentado.

30 días hábiles
(prorrogable 30 días)

Información pública citación a propietarios y vecinos.

30 días hábiles
(prorrogable 30 días)

Concepto favorable de viabilidad.

15 días hábiles
(prorrogable 15 días )

3.Etapa de concertación y consulta

Concertación con la autoridad ambiental.

30 días hábiles
(prorrogable 30 días)

Si hace parte de los PP que menciona el art 224232 de la 1077 de 2015.

30 días hábiles
(prorrogable 30 días)

4. Etapa de adopción

Expedición del decreto de adopción del plan parcial.

15 días hábiles posteriores a la expedición del acta de concertación.

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