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Superfinanciera aclara aspectos importantes sobre la venta de SOAT en Palmira

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La Secretaría de Tránsito y Transporte buscó soluciones para los palmiranos que han presentado quejas o reclamos sobre la venta del SOAT en el municipio, por eso, se comunicó con la Superintendencia Financiera de Colombia para obtener respuestas sobre esta problemática.

Invitamos a los palmiranos que se han visto afectados con esta situación de la no venta del SOAT a realizar la ruta descrita a continuación con el fin de dar seguimiento a este proceso de obtención del seguro obligatorio.

La Secretaría de Tránsito y Transporte buscó soluciones para los palmiranos que han presentado quejas o reclamos sobre la venta obligatoria del SOAT en el municipio, por eso, se comunicó con la Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera) para obtener soluciones a esta problemática y dar una respuesta oportuna a toda la comunidad.

Por lo tanto, la Superfinanciera se permite aclarar:

“El SOAT es un seguro de carácter obligatorio, tiene una función social enmarcada en el cumplimiento de objetivos señalados expresamente en la ley. En consecuencia, no resulta legalmente viable que una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia se niegue a otorgarlo”.

Es importante aclarar que quienes se han visto en esta situación deben realizar los siguientes pasos con el fin de dar seguimiento a este proceso de obtención del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT):

  • Toda persona que tenga conocimiento de una situación concreta en relación con el caso planteado, puede formalizar una queja ante la Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Deberá realizar una descripción detallada de lo ocurrido especificando la denominación de la aseguradora o del intermediario involucrado, nombre y cargo del funcionario que lo atendió, acompañado los documentos que sirvan de soporte para la petición, la cual puede ser dirigida a esta entidad en la Calle 7 No. 4-49 en Bogotá o a través de la página de internet: www.superfinanciera.gov.co, opción Servicios al ciudadano, buzón de quejas, peticiones y reclamos y, finalmente, quejas contra entidades vigiladas.

Por otro lado, informamos que las tarifas máximas que pueden cobrar las entidades aseguradoras que comercializan el SOAT están publicadas en este enlace https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/10110176. También es necesario aclarar que cualquier cobro que supere los valores establecidos en dichas tarifas está considerado como una conducta ilegal y en tal sentido, se sugiere denunciar dicha conducta ante las autoridades competentes.

“Desde que conocimos la problemática para la venta del SOAT y recibimos quejas en la Secretaría de Tránsito y Transporte nos comunicamos con las entidades correspondientes, estas enviaron un comunicado resaltando la obligatoriedad de la venta por parte de las empresas aseguradoras e informaron la ruta que deberán realizar los usuarios que se ven afectados por la no obtención de este seguro obligatorio, puntualizó el secretario de Tránsito y Transporte, Ferney Camacho.

Si el usuario presenta alguna duda al momento de interponer la queja o reclamo, la Secretaría de Tránsito y Transporte estará abierta para resolver cualquier inquietud.

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