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Proceso de selección Nº 2437 de 2022 Territorial 9

Recepción de documentos de elegibles que ganaron el concurso público de méritos

Los palmiranos que estuvieron fuera del país por tres años y regresaron, se pueden inscribir en el Registro Único de Retornados RUR

El Canciller Luis Gilberto Murillo, quien llegó a Palmira con la oferta de servicios, además de la socialización de los proyectos que le presentó el alcalde Víctor Ramos, dejó la información sobre el Registro Único de Retornados RUR, que interesa a los palmiranos que regresaron a la ciudad después de haber estado al menos 3 años por fuera del país.
El Registro Único de Retornados – RUR es el primer paso para que un colombiano que retorna pueda acceder a los beneficios que otorga la Ley 1565 de 2012 , previo cumplimiento de algunos requisitos.

Ley Retorno- tiene como objeto brindar un acompañamiento integral a aquellos colombianos que voluntariamente desean retornar al país. Además, crea incentivos de carácter aduanero, tributario y financiero concernientes al retorno de los connacionales.

La mencionada ley en su artículo 5o establece los siguientes incentivos tributarios: para quienes se acojan y cumplan con los requisitos señalados en el artículo 2o, quedarán exentos del pago de todo tributo y de los derechos de importación que graven el ingreso al país de los siguientes bienes:
a) Menaje de casa hasta dos mil cuatrocientas Unidades de Valor Tributario (2.400 UVT);
b) Instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital, y demás bienes excepto vehículos, que usen en el desempeño de su profesión, oficio o actividad empresarial, hasta diecisiete mil ciento treinta Unidades de Valor Tributario (17.130 UVT), siempre que sean destinados al desarrollo de su profesión en Colombia;
c) La monetización producto de la venta de bienes y activos ganados por concepto de trabajo o prestación de servicios en el país de residencia, con la debida acreditación de su origen lícito y cumpliendo con las formalidades del país receptor.

Este es el enlace para solicitar el Certificado de Beneficiario de la Ley de Retorno o RUR: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarRetornado.xhtml . Angie Jara, del Grupo de Trabajo Colombia Nos Une, de la Cancillería en la ciudad de Cali, atiende las inquietudes de los interesados en el tema, en el correo cajarab@cancilleria.gov.co La página de la Cancillería Colombiana es www.cancilleria,gov.co donde también se puede tramitar el RUR

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