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Proceso de selección Nº 2437 de 2022 Territorial 9

Recepción de documentos de elegibles que ganaron el concurso público de méritos

Boletín Jurídico N°5

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Actualidad Nacional

 

Resoluciones 4369, 4370 y 4371 del 18 de mayo de 2021 de la Registraduría Nacional. A través de las citadas resoluciones, la Registraduría estableció, respectivamente, el calendario electoral para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) periodo constitucional 2022-2026, las consultas populares internas o interpartidistas de los partidos y movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos y de los consejos municipales y locales de juventud. Así mismo se precisó que las elecciones se adelantarán en medio de los más estrictos protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud para proteger la vida e integridad de los ciudadanos en medio de la pandemia por la que atraviesa el país.

Decreto 526 del 19 de mayo de 2021 del Ministerio de Trabajo. “Por el cual se adicionan unos artículos al capítulo 1 del Título 1, de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015, decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, para regular la firma electrónica del contrato individual de trabajo”. El contrato individual de trabajo podrá ser firmado electrónicamente por cualquiera de las partes o por ambas. El contrato deberá cumplir con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 39 del Código Sustantivo del Trabajo. Cuando el empleador opte por este mecanismo deberá proveer al trabajador de los medios necesarios para el uso del mismo, mediante desarrollos tecnológicos propios o contratados con terceros. Eso sí, advierte la norma, la imposibilidad de firmar electrónicamente no será una barrera de acceso al empleo.

ARTICULO DE INTERES

El decaimiento del acto administrativo que impone la sanción en materia de tránsito. (Artículo escrito por el doctor Héctor Manuel Chávez Peña en Ámbito jurídico el 29 de abril de 2021). La prescripción de la sanción en materia de tránsito, opera cuando la autoridad no adelanta el proceso de cobro coactivo en el plazo señalado (tres años) o si, a pesar de que lo realiza mediante la debida notificación del mandamiento de pago, transcurren tres años, sin poder hacer realidad el pago de la multa. En tal sentido, la autoridad deberá declarar de oficio o a petición de parte la prescripción y, en consecuencia, el título o acto administrativo que impuso la sanción pierde su fuerza vinculante, en tanto que no es inescindible de la acción de cobro. Por ende, siguiendo los criterios del artículo 91-5 de la Ley 1437 del 2011, pierde su vigencia por los efectos prescriptivos.

Sobre este tema, la Secretaría Jurídica ya había emitido concepto dirigido a la Subsecretaria de Seguridad Vial y Registro, mediante nota Interna con TRD 2021-130.8.1.142 del 10 de marzo de 2021.

Actualidad Jurisprudencial

Reviven las 16 circunscripciones especiales para las víctimas (Corte Constitucional, Sentencia SU-150 del 21 de mayo de 2021) Estas fueron concebidas con el objetivo de garantizar la representación y participación política de las víctimas del conflicto armado. La Corte al aplicar las reglas de mayorías, consideró que el informe de conciliación había sido aprobado afirmativamente por la mayoría absoluta de la plenaria. Igualmente señaló que pese a que el Senado ya había votado un informe de conciliación previo al que dio lugar a la tutela, este se encontraba legitimado para reabrir implícitamente el debate y votar una nueva conciliación. Lo anterior como medio para salvaguardar el principio democrático consagrado en el artículo 161 de la Carta.

Consulte las normas y jurisprudencia

Fuentes: Ámbito Jurídico – Móvil Legis.
Elaboró: Álvaro José Hurtado Medina – Contratista
Revisó: Maria Carolina Valencia Gómez – Contratista
Aprobó: German Valencia Gartner – Secretario Jurídico

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