Todo lo que debes saber sobre la actualización catastral en Palmira

El trámite para solicitar la revisión de avalúo ante GO Catastral Palmira no tiene ningún costo.

Palmira no realizaba su actualización catastral desde 2013, es decir, más de 8 años sin reflejar en el avalúo catastral las condiciones actuales de los predios.

El IGAC, antiguo gestor catastral, cerró sus oficinas en Palmira, por eso GO Catastral llegó a la ciudad en el 2021 para adelantar el proceso de gestión catastral.

La actualización catastral que se adelantó para la vigencia 2022 permitió actualizar los aspectos físicos, jurídicos y económicos de los predios del municipio, además, evidenció el comportamiento inmobiliario de Palmira.

Este año, los avalúos de Palmira se ajustaron a través de la actualización catastral que finalizó el 30 de diciembre de 2021 con la resolución 005 de 2021.

Si como ciudadano no está de acuerdo con el valor de su avalúo podrá radicar ante GO Catastral la revisión del mismo.

En el 2020, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi,  IGAC,  antiguo gestor catastral de Palmira, cerró sus oficinas en la ciudad. Razón que obligó a la Administración a buscar prontamente un nuevo gestor que resolviera los temas catastrales de los ciudadanos y que tuviera la experiencia para adelantar el proceso de actualización del censo inmobiliario.

Es así como GO Catastral.  la marca multipropósito de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (Uaecd),  encontró que Palmira no realizaba su actualización catastral desde 2013, es decir, más de 8 años sin reflejar en la base catastral las condiciones actuales de los predios.

Con el proceso de actualización catastral se logró identificar, incorporar, actualizar y rectificar los cambios o inconsistencias que se identificaron en los predios de la ciudad.

Esta actualización del censo inmobiliario de Palmira permitió ajustar los valores de cada predio, pese a que este ejercicio no se realizaba en el municipio desde hace más de ocho años.  Es importante tener en cuenta que el artículo 24 de la Ley 1450 de 2011 establece que el avalúo catastral fijado en el proceso de actualización de los bienes inmuebles no podrá ser inferior al 60% ni superior al 100% de su valor comercial.

Para establecer el avalúo catastral de cada predio, primero, se verificó y consolidó la información predial existente a través de métodos indirectos o fuentes secundarias como el DANE, las empresas de servicios públicos, curadurías, entre otras, luego, se identificaron los predios que evidenciaban cambios físicos, jurídicos o económicos y en la siguiente etapa, denominada de reconocimiento, se visitaron los predios que previamente evidenciaban un cambio. Asimismo, se tienen en cuenta el estado de conservación del inmueble, las características físicas, la actividad del sector donde está ubicado, el uso, el valor del sector, entre otros.

Dentro de los factores que inciden en el cambio de los avalúos se encuentran: variaciones en el aspecto físico del inmueble, bien sea por cambios de linderos, áreas de terreno y/o construcción, usos, la calidad y estado de conservación de la construcción y condiciones locales del mercado inmobiliario del sector, teniendo en cuenta el uso y características semejantes de los inmuebles.

Es importante aclarar que en ningún caso la actualización de la información de un área geográfica implica, obligatoriamente, visitar todos los predios. Dado que los avalúos responden a la aplicación de metodologías de valoración masiva (Decreto 148 de 2020).

Si luego de analizar estas variables presenta dudas sobre el valor catastral de su inmueble, fijado en la reciente actualización catastral, podrá hacer uso del derecho a solicitar una revisión de avalúo ante GO Catastral. No obstante, verifique si su predio cumple con alguna de las siguientes razones que implican una variación:

  • ¿El mercado inmobiliario de su entorno corresponde a los valores establecidos?
  • Cambió en el área del terreno o en el área construida (nuevas construcciones, aumento en el número de pisos o demolición)
  • Cambió en el uso de su inmueble (si abrió un local comercial, si tiene una industria familiar, etc.)
  • Que su avalúo catastral supere el valor comercial del inmueble.
  • Que las áreas de terreno y/o construcción no corresponden con la realidad del inmueble.
  • Que en el predio solo hay vivienda y Catastro haya definido que su uso es comercial o viceversa.

Si no aplica ninguna de las características anteriores y considera que debe solicitar revisión de su avalúo, podrá acercarse a las oficinas de GO Catastral Palmira; la sede principal está ubicada en la carrera 29 #26-28 o dirigirse a la Alcaldía de Palmira. También puede ingresar a https://multiproposito.catastrobogota.gov.co/cel-palmira y radicar su trámite en línea.

Ante cualquiera de los medios mencionados las personas pueden presentar los siguientes documentos se forma opcional:

  • Solicitud por escrito.
  • Cédula de ciudadanía del propietario.
  • Si no es el propietario, debe presentar un poder notariado. (Presencial)
  • Indicar la vigencia (año) del avalúo que desea se revise.
  • Explicar las razones por las que no está de acuerdo con su avalúo catastral.
  • Adjuntar pruebas que sustenten sus argumentos como: fotografías del predio y/o del sector donde está ubicado, avisos clasificados recientes de venta de predios cercanos o avalúo comercial (si lo tiene), planos topográficos y/o arquitectónicos que demuestren que el área no corresponde.

Tenga en cuenta que el trámite para solicitar la revisión o rectificación de avalúo ante GO Catastral Palmira no tiene ningún costo.