Alcaldía de Palmira

Palmira implementa medidas de seguridad para las elecciones presidenciales

Primer plano desde atrás de una persona con cabello castaño y largo recogido con una pinza, mientras ejerce su derecho al voto dentro de un cubículo de votación de cartón. Arriba del cubículo se lee un cartel que dice "MESA 9" de la Registraduría Nacional del Estado Civil. En el panel lateral hay un símbolo que indica la prohibición del uso de teléfonos móviles.

La Alcaldía de Palmira expidió el Decreto 094 del 14 de mayo de 2026, mediante el cual se adoptan medidas transitorias con el objetivo de garantizar el orden público durante el desarrollo de las elecciones de presidente y vicepresidente de la República, que se realizarán el domingo 31 de mayo.

En el artículo primero, el decreto establece la Ley Seca en todo el municipio de Palmira, tanto en la zona urbana como rural, desde las seis de la tarde (6:00 p.m.) del sábado 30 de mayo de 2026 hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del lunes 1 de junio de 2026. En consecuencia, queda prohibido el expendio y consumo de bebidas embriagantes durante ese periodo.

El artículo segundo dispone la restricción de circulación de vehículos de carga pesada y el transporte de artículos pirotécnicos, combustibles y sustancias peligrosas, también desde las seis de la tarde del sábado 30 de mayo hasta las seis de la mañana del lunes 1 de junio.

Asimismo, el artículo tercero prohíbe el transporte de materiales de construcción, roca muerta, escombros, varillas o similares, durante el mismo horario.
En el artículo cuarto se establece la prohibición de parqueo o estacionamiento de vehículos en las vías públicas contiguas y circundantes a los puestos de votación, desde las seis de la tarde del sábado 30 de mayo hasta las seis de la mañana del lunes 1 de junio. Se exceptúan los vehículos oficiales y aquellos destinados a la logística electoral, organismos de emergencia, seguridad, rescate y servicios médicos.

Finalmente, el artículo quinto restringe temporalmente la realización de manifestaciones o movilizaciones públicas en espacios abiertos al público, tanto en la zona urbana como rural, durante el mismo periodo.
El Decreto 094 también prevé, en su artículo sexto, la ampliación de estas medidas en caso de confirmarse una segunda jornada electoral el domingo 21 de junio de 2026, con las mismas restricciones desde las seis de la tarde del sábado 20 de junio hasta las seis de la mañana del lunes 22 de junio.

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