- La Ley seca en Palmira regirá a partir del sábado 28 de octubre a las 6:00 p.m. hasta el lunes 30 del mismo mes a las 6:00 a.m.
- Las infracciones a lo dispuesto serán objeto de medidas correctivas por los alcaldes e inspectores de Policía y comandantes de estación, de acuerdo con lo previsto en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
A partir del sábado 28 de octubre a las 6:00 p.m. y hasta el lunes 30 del mismo mes a las 12:00 del medio día, se prohíbe y restringe la venta o expendio y consumo de bebidas embriagantes en todo el municipio. Esta reglamentación corresponde al decreto No. 248 del 25 de octubre del 2023, emitido por la Alcaldía de Palmira.
Además, dentro del municipio queda prohibido también el transporte de materiales de construcción, roca muerta, escombros, varillas o similares, desde las 06:00 p.m. del sábado 28 de octubre hasta las 12 del mediodía del lunes 30.
De igual forma, queda prohibida la circulación de motocicletas en toda la jurisdicción del municipio desde las 10:00 p.m. del sábado 28 de octubre hasta las 6:00 a.m. del domingo 29; y desde las 10:00 p.m. del domingo hasta las 06:00 a.m. del lunes 30 de octubre.
Vale aclarar que el abastecimiento de combustibles no estará prohibido para el tanqueo de vehículos, pero sí queda restringida la venta en contenedores tales como pimpinas, barriles, canecas, pomas, tambores, recipientes o similares a las personas naturales y/o jurídicas desde las 06:00 p.m. del miércoles 25 de octubre, hasta las 12 del mediodía del lunes 30.
También es importante recordar que solo se podrán realizar reuniones de carácter político en recintos cerrados y estas deben cumplir los requisitos normativos del Código Nacional de Policía y Convivencia y la normatividad local vigente.
Estas normativas tienen como propósito garantizar el orden público en la jurisdicción del municipio para las elecciones regionales que se realizarán el próximo domingo 29 de octubre.
El incumplimiento de alguna de estas medidas será sancionado conforme a lo establecido en la Ley 1801 de 2016 del Código Nacional de Convivencia y Seguridad Ciudadana, y puede acarrear las demás sanciones a las que haya lugar.
Finalmente, es importante tener en cuenta que dentro del puesto de votación no podrán utilizarse teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo los medios de comunicación debidamente acreditados por la Registraduría Nacional del Estado Civil.