El Alcalde de Palmira, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 315 de la Constitución Nacional, Ley 105 de 1993, articulo 30 de la Ley 336 de 1996, Ley 769 de 2002, artículo 16 del Decreto Nacional 1047 de 2014, Decreto Nacional 1079 de 2015 que compilo el Decreto 172 de 2001, Resolución 4350 de 1998 modificada por la Resolución 392 de 1999, Acuerdo Municipal de Palmira N°076 del 06 de diciembre de 2023 y demás normas concordantes,
CONSIDERANDO:
En tal virtud, en mesas de trabajo convocadas por el despacho de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Palmira celebradas el día 21 de febrero y 21 de marzo de 2024 con los representantes del gremio de servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros legalmente habilitadas, compuesto por las cooperativas COOTRANSPAL, COOFLOPAL, COOVIPAL, el representante de la empresa UNITAX, propietarios, conductores, representantes de las JAL y un representante de la Veeduría Ciudadana, el Secretario de Tránsito y Transporte de Palmira, la Subsecretaria de Desarrollo Estratégico de Movilidad y el grupo interdisciplinario de la Subsecretaría de Desarrollo Estratégico de Movilidad, tendientes a conocer particularidades de los componentes de la canasta de costos asociadas al sector, se construyó una tabla comparativa con la propuesta presentada y la ponderación con el incremento del IPC de las tarifas actuales. Analizando sus distintos componentes 1. Metodología del cálculo de la estructura de costos y la tarifa técnica; 2. Actualización de canasta de costos de transporte; 3. Revisión de parámetros y recomendaciones 4. Conclusiones de la discusión en mesa de trabajo, haciendo participes en cada uno de ellos a los representantes del gremio, quienes manifestaron sus posiciones con base en el propuesta antes presentada y que luego de ser debatidas entre los participantes produjo la concertación del incremento de ajuste del 15.69% de la tarifa mínima, el cargo inicial (banderazo), los recargos dominical, festivo, nocturno y por el desplazamiento desde y hacia el aeropuerto y se fijaron los costos de espera, de servicio por hora.
Que en cumplimiento del numeral 8º del artículo 8º de la Ley 1437 de 2011, el equipo de Secretaría De Tránsito y Transporte invita a la comunidad a conocer más detalles del proyecto de Decreto, “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LAS TARIFAS PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR INDIVIDUAL DE PASAJEROS EN EL NIVEL BÁSICO DE VEHÍCULOS TIPO TAXI EN EL MUNICIPIO DE PALMIRA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES fue publicado en la página web de la Alcaldía de Palmira con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas del público en general y dejar sus comentarios en el recuadro debajo de esta publicación.